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Miércoles 11 de febrero de 2009
Ni en Argentina ni en ningún lugar del mundo. Pero hoy la noticia es que otra vez ("No de nuevo, no de nuevo, decía") legisladores del oficialismo (Filmus, para más datos) buscan llevar a la Legislatura un proyecto de Canon Digital.
Repasemos: una iniciativa muy similar se quiso implementar en España y Europa hace un año y pico y levantó el repudio de miles y miles de usuarios y asociaciones de consumidores y de internautas. Aunque al final fue aprobado, y se encareció el valor de los CD’s, celulares y dispositivos de almacenamiento de todo tipo.
Recordemos: el año pasado, Claudio Morgado quiso llevar al recinto un proyecto de Canon Digital para la Argentina, y rápidamente fueron frenadas sus intenciones a raíz de la pública expresión de un blogger que se enteró del asunto y dijo No (al final, para algo sirve blogear). La noticia rápidamente recorrió la blogósfera vernácula y en apenas horas era motivo de repudio de varios blogs argentinos (y en algunos verdaderamente influyentes). La cosa se frenó, pasó al olvido.
Aclaremos: ¿Qué es el "canon digital"? No es un cañon mal tipeado, eso no es. Pero casi igual de peligroso puede serlo. Resumiendo bastante el asunto, el "Canon" es un tributo (impuesto) que se le pone a todo aquel dispositivo que sirva para copiar y/o almacenar archivos de audio, video o imágenes, es decir: CD, DVD, celulares, pendrive, MP3 / 4 / 5..., discos duros, etc, etc, etc...
Este "impuesto" (o Canon) estaría justificado en que así se combate a la piratería y se protegen las obras creadas por los artistas.
¿Porqué no lo es? ¿O qué hay de malo?
Veamos...
- Yo compro dispositivos (CD, disquete, pendrive) pero no para copiar música, sino para transportar y resguardar documentos importantes para mí, documentos de texto y vectoriales con trabajos de diseños y otros que he realizado yo. Aunque no lo use con el fin de "piratear" voy a estar pagando ese "impuesto".
Al estipularse un "Canon digital" lo que se hace es Legalizar el Pirateo. Ahora sí se puede piratear música, pero pagando un impuestito. Esa es la "traducción" de un proyecto así, que deja una enorme grieta jurídica que seguramente va a ser usada por algún buen abogado que se anime.
Dicen que el Canon recaudado va directamente a las manos de los artistas. ¿Cómo es esto?. El Estado recauda el dinero (pongamosle 20 o 30 centavos a 3 y 5 pesos por dispositivo, o quizás más) y se lo entrega a CAPIF (productores e industria musical) u otra organización de artistas para que lo distribuyan entre sus asociados.
Ajá... pero:
Andres Calamaro editó su último disco (no, no es La Lengua Popular, el último último, más último que ese), publicándolo en Internet para descarga totalmente gratuita y legal (link a la descarga y link al blog de AC).
Me lo bajo, legal y autorizado por su creador (autor) y por sus editores. Me compro un CD (y pago el Canon). Ripeo el álbum. Primer problema: el Canon es para proteger los derechos intelectuales del artista. En este caso, no hay ningún "derecho" (asi como lo entienden los que quieren impulsar la ley) a proteger. Segundo problema: ¿A Andrés Calamaro le van a dar el monto ese de dinero que pagué de mas? ¿Cómo van a distribuir la torta? ¿Cómo saben si compré el CD para copiar legalmente ese álbum de Calamaro, truchear uno, o copiar un video porno casero que hice con mis amigos y unas vecinas?
¿Si copio en el CD el video de la partuzza con mis amigos y las vecinas, el Estado va a venir a traerme la plata a mí, ya que yo soy el autor de ese material, y son mis derechos intelectuales los que están protegiendo con su Canon?
Pero el problema no es sólo para los degenerados que se filman mientras tienen sexo de a tres o más, sino también para la otra vecina mía, la señora mayorcita y recatada (nada de orgías) que se fue de vacaciones 10 días a Mar del Plata y se sacó fotos con el Lobo Marino ahí al lado del Casino. (La de al lado, mi vecina es la de al lado, eso otro es el lobo marino). La señora va a pagar el Canon al comprar la cámara de fotos digital, nuevita, que aprendió a usar con la ayuda de su hijo. Y después va a volver a pagar el Canon cuando compre un CD para llevar las fotos a la casa de una amiga y verlas en la TV mientras toman el té.
¿A la señora mi vecina, le aviso que el Estado le va a golpear la puerta dentro de poco para recompensarla con el Canon que le corresponde por sus derechos intelectuales sobre esas fotos que sacó ella y es su única autora?
Cuando vayamos a comprar un CD, nos van a preguntar:
— ¿Lleva el CD para realizar algún acto ilegal?
— He... ¿Por qué?
— Si va a copiar música en ese CD debe completar este formulario marcando el nombre del artista y nombre completo del álbum del músico que usted va a copiar ilegalmente, fecha de grabación y de edición del álbum, sello editor; en el caso de que usted grabe fotografías con derecho de autor, debe consignar el nombre del fotógrafo y datos de la cámara con la que realizó cada una de las fotografías. Por último, deberá firmar esa declaración jurada en la que se compromete a copiar ilegalmente el álbum declarado y no otro.
— No, voy a copiar unos documentos de Word
— Ah! entonces llévelo tranquilo nomás. Pero igual pague el Canon. Muchas gracias, muy amable, vuelva cuando quiera.
Cuando llegue el momento de la distribución del "canon" a los artistas, ¿veremos piquetes enfrentados, uno liderado por Mercades Sosa y el otro por Gustavo Cerati, argumentando cada uno que fue más pirateado que el otro, y por lo tanto le corresponde más dinero a él?
Si sos un incipiente productor de cine porno casero, una cómoda señora que le gusta sacarse fotos en sus viajes turísticos como lindo recuerdo o un oficinista que necesita llevar archivos y documentos digitales, decí No al Canon Digital.